lunes, 21 de diciembre de 2009

¿El por que no todos somos reservistas legalmente ?

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Nuestra organización cometió un error al autollamarse reservistas, ya que cuando nos constituimos de hecho y no de derecho, un dirigente expuso que deberíamos denominarnos reservistas, ya que a criterio de él, éramos todo reservista. Lo anterior demuestra que aun nos seguimos equivocando y que no somos perfecto ya que investigando sobre la palabra reservista, no todos somos reservistas, pero si ex soldados conscriptos. Pero estamos yano a rectificar este error, pese a perder el nombre que ya es por todo conocido.

-UN APORTE AL CONOCIMIENTO LEGAL :

Esta información se a obtenido del siguiente Link
http://www.ejercito.cl/reserva.php



Reservistas

ORGANIZACIÓN DE LA RESERVA
El Reglamento Complementario del Decreto Ley Nº 2.306 de 1978 sobre reclutamiento y movilización de las FF.AA. modificado, en algunas de sus partes por el Decreto 70 del Ministerio de Defensa nacional con fecha 7 de noviembre de 1998, en su Título V explica la organización de la “Reserva”.El Ejército de Chile ha resumido sus artículos más importantes a fin de que los ciudadanos que se interesen en ser parte activa de la Reserva Institucional, conozcan el procedimiento.
El PERSONAL DE RESERVA SE CLASIFICA EN:
Reserva Nacional: Son todas las personas, sin distinción de sexo, en edad y condiciones psíquicas, físicas y morales para desempeñar funciones en beneficio del país.
Reserva Militar o de las FF.AA: Son todas las personas de 18 a 40 años de edad, sin distinción de sexo, con instrucción militar o sin ella, movilizables para las Fuerzas Armadas, que no se encuentren en servicio activo. Sin perjuicio de lo anterior, en tiempo de guerra el Presidente de la República podrá llamar a todas las personas, sin distinción de sexo ni límites de edad, para ser empleadas en los diversos servicios que requiera el país.

La reserva militar estará constituida sobre la base de las siguientes personas:

Personal en retiro proveniente de la planta de las Fuerzas Armadas.
Personal dado de baja con valer militar proveniente de las escuelas matrices de las FF.AA.
Personal con instrucción militar proveniente del servicio militar, de un curso militar profesional u otro especial.
Personal sin instrucción militar.
Por lo tanto, las personas de la reserva militar se denominarán reservistas y se clasificarán en reservistas con instrucción y reservistas sin instrucción.
En tiempo de paz, los reservistas con instrucción militar quedarán sujetos a la obligación de pertenecer a un centro de reservistas. La obligación de pertenecer a estos centros para los reservistas sin instrucción militar, se aplicará a aquellos que disponga la Dirección General o los Comandantes de Unidades bases de Movilización, de acuerdo a las necesidades institucionales.

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Objetivos del Blog : Mantener informado a asociados como a visitantes en general de lo que ocurrió, ocurre u ocurrirá con el movimiento De ex soldados conscriptos de las FF.AA desde 1973 hasta 1990 además de denunciar e informar todos los abusos a nuestros compañeros de promociones actuales. Como el caso de Antuco y otros.